MARCA: Signo distintivo que sirve para distinguir ciertos bienes o servicios de una empresa de los bienes producidos o los servicios prestados por otras empresas. El propietario de una marca registrada goza de derecho de uso exclusivo de la marca, previsto en la legislación, en relación con los productos o servicios para los que se haya registrado. Así, éste podrá impedir el uso no autorizado de la marca.
A diferencia de las patentes, los registros de marcas pueden mantenerse en vigor indefinidamente, a condición de que el propietario de la marca pague las tasas de renovación y use realmente la marca.
PATENTE: Conjunto de derechos exclusivos concedidos por ley a los solicitantes sobre invenciones que sean novedosas, no evidentes y susceptibles de aplicación comercial.
Importante: la patente es válida por un periodo de tiempo limitado. Por lo general, son 20 años. Durante este periodo los titulares pueden explotar comercialmente sus invenciones con carácter exclusivo. Sin embargo, como contrapartida, los solicitantes tienen la obligación de divulgar sus invenciones al público para que otros, expertos en la material, puedan reproducirlas.
Cabe recordar que el sistema de patentes está concebido para fomentar la innovación, al conferir a los innovadores derechos legales exclusivos durante un plazo determinado para que puedan gozar de los beneficios de sus actividades innovadoras.
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somos asesores y gestores en asuntos de Propiedad Industrial e Intelectual en sus vertientes técnicas, procedimentales y jurídicas.
Asesoramos en materia de Patentes y Diseños, y en la forma de desarrollar el producto, y su protección más adecuada dentro de las diferentes variedades registrales.