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Propiedad Intelectual

Es susceptible de registrarse como Propiedad Intelectual ...

Propiedad Intelectual

Es susceptible de registrarse como Propiedad Intelectual:

  1. Toda creación original literaria, artística o científica.
  2. Los programas de ordenador.
  3. Las obras literarias y científicas en cualquiera de sus modalidades.
  4. Los libros y asimilados.
  5. Las composiciones musicales, con o sin letra.
  6. Las obras dramáticas y dramático-musicales, las coreografías, pantomimas y, en general, las obras teatrales.
  7. Las obras y producciones audiovisuales.
    Las esculturas y las obras de pintura, dibujo, grabado, litografía y las historietas gráficas, tebeos o cómics, así como las obras fotográficas y las expresadas por procedimiento análogo a la fotografía.
  8. Los proyectos, planos, maquetas y diseños de obras arquitectónicas y de ingeniería, los gráficos, mapas, y lo relativo a la topografía la geografía y, en general, a la ciencia.
  9. Las actuaciones de artistas intérpretes o ejecutantes.
  10. Las producciones fonográficas.
  11. Algunas producciones editoriales.
  12. Sin perjuicio de los derechos de autor sobre la obra original, también son objeto de propiedad intelectual las traducciones y adaptaciones, las revisiones, actualizaciones y anotaciones, los compendios, resúmenes y extractos y los arreglos musicales.
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