Nuestros Servicios

INVENCIONES

- Importancia: 
                           Es criterio unánime en todos los países industrializados que las Patentes son un factor decisivo para: 
                          · Elevar la competitividad; 
                          · Fomentar la innovación; 
                          · Proteger las inversiones en I+D

- Modalidades Nacionales: 
                          · Patente de Invención: Invención con nivel inventivo y novedad mundial. Su vida legal es de 20 años desde la fecha de solicitud. 
                          · Modelo de Utilidad: Invención con bajo nivel inventivo y novedad nacional. Su vida legal es de 10 años desde la fecha de solicitud. 

- Modalidades supranacionales:
                          · Patente Europea (Países del Continente Europeo): Se efectúa una única tramitación, pero se concede una patente por cada país.  
                          · Patente Mundial (PCT): Se efectúa una única solicitud, pero la tramitación y concesión es por cada país elegido. 
                          Se puede combinar PCT con Patente Europea. 

- Búsqueda de antecedentes por: 
                         · Titular: Se da un nombre y se investiga las patentes que tiene dicho titular. 
                         · Tema: Patentes sobre una tecnología determinada. 
                         · Productos: Se concreta el producto y se investiga si está o no patentado. 
                         · Familia: Localizada una patente, se investiga a que países se han extendido sus derechos. 
                         · Anterioridades: Se investigan los documentos que pueden invalidar una patente o impedir su concesión. 

- Información Tecnológica: 
Empleando nuestros medios telemáticos y automatizados, chequeamos las nuevas solicitudes publicadas y se las comunicamos a nuestros clientes dependiendo de cada campo. 

Descargar

DISEÑOS

- DISEÑOS INDUSTRIALES:
Los Diseños Industriales deben protegerse porque hacen que un producto sea atractivo y atrayente; por consiguiente, aumentan el valor comercial de un producto, así como su comerciabilidad. En un diseño se protege el aspecto ornamental o estético de un artículo. 
El Diseño Industrial puede consistir en rasgos en tres dimensiones, como las formas de un artículo, o rasgos en dos dimensiones, como la superficie, las siluetas, las líneas o el color. 
Los Diseños Industriales se aplican a una amplia variedad de productos de la industria y la artesanía: desde instrumentos técnicos y médicos a relojes, joyas y otros artículos de lujo; desde electrodomésticos y aparatos eléctricos a vehículos y estructuras arquitectónicas; desde estampados textiles a bienes recreativos. 

- DISEÑO COMUNITARIO: 
Entre los objetivos de la Comunidad figura la creación de una unión cada vez más estrecha entre los pueblos europeos, el fomento de relaciones más estrechas entre los estados que integran la Comunidad y el aseguramiento del progreso económico y social de los países comunitarios, mediante una acción común para eliminar las barreras que dividen Europa; que, a tal fin, se contempla en el Tratado la creación de un mercado interior y la supresión de los obstáculos para la libre circulación que garantice que la competencia no será falseada en el mercado común; que la creación de un sistema unificado de diseños comunitarios a los que se conceda protección uniforme con efectos uniformes en todo el territorio de la Comunidad contribuiría a lograr dichos objetivos. 

- DISEÑO INTERNACIONAL: 
Toda persona que sea nacional de un Estado que sea Parte Contratante o de un Estado miembro de una organización intergubernamental que sea Parte Contratante, o que tenga un domicilio, una residencia habitual o un establecimiento industrial o comercial real y efectivo en el territorio de una Parte Contratante, estará facultada para presentar una solicitud internacional. Se entenderá por “Parte Contratante” cualquier Estado u organización intergubernamental parte en el ACTA DE GINEBRA DEL ARREGLO DE LA HAYA RELATIVO AL REGISTRO INTERNACIONAL DE DIBUJOS Y MODELOS INDUSTRIALES 

- Búsqueda de antecedentes por: 
                        · Titular: Se da un nombre y se investiga los Diseños que tiene dicho titular. 
                        · Productos: Se concreta el producto y se investiga sus Diseños que están registrados. 
                        · Anterioridades: Se investigan los Diseños que pueden impedir la concesión de una nueva solicitud. 

- Información Tecnológica: 
Empleando nuestros medios telemáticos y automatizados, chequeamos los nuevos Diseños publicados y se los comunicamos a nuestros clientes dependiendo de cada campo.

Descargar

MARCAS

- MARCAS:
Marca:
Signo que distingue en el mercado los productos/servicios de una persona de los productos/servicios idénticos o similares de otra persona física o jurídica.
Importancia: Constituyen instrumentos eficaces o necesarios en la política empresarial y suponen, al mismo tiempo, un importante mecanismo para el soporte de la publicidad y para la protección de los consumidores.
La adquisición del derecho sobre la Marca se consigue por su registro. 
Pueden ser Marcas: Las palabras, los signos, los logotipos, los anagramas, los envases, apellidos, combinaciones de colores, los dibujos, los escudos, etc... La Clasificación: De todos los productos/servicios de efectúa en clases. 
MODALIDADES
MARCA NACIONAL No requiere ningún requisito base. Ambito de protección: España. 
MARCA COMUNITARIA Da como resultado un único registro de Marca para toda la Unión Europea, por lo que la concesión o denegación de la marcca se hace en bloque. 
MARCA INTERNACIONAL Se rige por el Arreglo de Madrid y Protocolo de Madrid. Deberá basarse en una marca Española o Comunitaria. La solicitud es única pero la concesión o denegación es país por país de modo independiente. Países: Cualquiera del Continente Europeo o de la antigua URSS, Cuba, China, Turquía, Marruecos, Egipto, Argelia, Singapur, Japón, Australia, USA, etc.... 

- INVESTIGACIONES:
Con anterioridad a su solicitud de registro es conveniente investigar: · Si una marca es genérica, descriptiva, geográfica.... si está o no dentro de una prohibición absoluta. · Si una marca tiene antecedentes idénticos, parecidos, confundibles con otras marcas, en qué grado y en qué país. Con posterioridad a la solicitud/concesión de la marca, comunicamos a nuestros clientes las publicaciones de marcas que por su parecido pueden lesionar sus derechos.

Descargar

PROPIEDAD INTELECTUAL

Es susceptible de registrarse como Propiedad Intelectual:
                           - Toda creación original literaria, artística o científica. 
                           · Los programas de ordenador. 
                           · Las obras literarias y científicas en cualquiera de sus modalidades. 
                           · Los libros y asimilados. 
                           · Las composiciones musicales, con o sin letra. 
                           · Las obras dramáticas y dramático-musicales, las coreografías, pantomimas y, en general, las obras teatrales. 
                           · Las obras y producciones audiovisuales. 
                           · Las esculturas y las obras de pintura, dibujo, grabado, litografía y las historietas gráficas, tebeos o cómics, así como las obras fotográficas y las expresadas por procedimiento análogo a la fotografía. 
                           · Los proyectos, planos, maquetas y diseños de obras arquitectónicas y de ingeniería, los gráficos, mapas, y lo relativo a la topografía la geografía y, en general, a la ciencia. 
                           · Las actuaciones de artistas intérpretes o ejecutantes. 
                           · Las producciones fonográficas. 
                           · Las meras fotografías. 
                           · Algunas producciones editoriales. 

Sin perjuicio de los derechos de autor sobre la obra original, también son objeto de propiedad intelectual las traducciones y adaptaciones, las revisiones, actualizaciones y anotaciones, los compendios, resúmenes y extractos y los arreglos musicales.

Descargar

ASESORÍA JURÍDICA

LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL:

 - Invenciones y Diseños: Confieren a su titular el derecho a impedir a cualquier tercero, que no cuente con su consentimiento: 
                    a) La fabricación y/o comercialización de cualquier objeto de la Patente, Modelo de Utilidad  o Diseño. 
                    b) La utilización de cualquier procedimiento objeto de la Patente, o la comercialización de los objetos obtenidos a partir de la utilización de dicho procedimiento.

 - Marcas: El Registro de la Marca confiere a su titular el derecho exclusivo a utilizarla en el tráfico económico. El titular de la marca podrá prohibir que terceros, sin su consentimiento, utilicen en el tráfico económico cualquier signo idéntico o sensiblemente similar para productos y servicios similares a aquellos para los que la Marca se registró, que en definitiva implican un riesgo de confusión en el publico. 

- Competencia Desleal: Desleal es aquel comportamiento contrario a la Buena Fe, y en concreto se trata de todo acto que idóneo para crear confusión en los consumidores, la imitación de cualquier objeto, procedimiento o distintivo protegidos por derechos en exclusiva,... Todo derecho usurpado puede ser objeto de una reclamación por daños y perjuicios.

LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: 

La propiedad intelectual esta integrada por derechos de carácter personal y patrimonial, que atribuyen al autor la plena disposición y el derechos exclusivo a la explotación de la obra, sin más limitaciones que las establecidas en la ley. Dichos derechos de explotación sobre la obra durarán toda la vida del autor y setenta años después de su fallecimiento.

Descargar

Contactar Contactar  Aviso legal Aviso legal  © CONSULTORES URIZAR Y CIA. S.L 2010